Descripción:
1.Poder Ejecutivo: Ley de Policía: No se podrá edificar, levantar paredes o cercas de cualquier género, ni hacer zanjas que linden con las calles públicas.
2.Gobernación: Se dispensa la publicación de unos edictos- Se nombra un Inspector de policía y Hacienda- Se admite una renuncia y se nombra sustituto.