Descripción:
1.Decreto Numero 119: Asamblea Nacional Constituyente: Reglamento Consular- El Cónsul tendrá derecho de exigir la manifestación del diario de navegación, examinara si ha sido llevado en debida forma y lo revisara añadido las observaciones que crea convenientes.
2.Gobernación: Se autoriza la cantidad de $ 36.75- Se concede una licencia y se encarga una oficina- Se aprueba una contrata- Se confirma unos nombramientos- Se dispensa la publicación de unos edictos.
3.Avisos.