Descripción:
1. Congreso Nacional: Decreto Número 113: Ley de Expropiación Forzosa- La expropiación forzosa por causa de utilidad y necesidad publica, que autoriza el artículo 67 de la Constitución Política, no podrá llevarse a efecto respecto a la propiedad inmueble, sino con arreglo a las prescripciones de la presente ley.
2. Formato, Obras Públicas y Agricultura: Se concede el dominio útil de dos lotes de terreno- Se autoriza la erogación de $ 10.00- Señalase el saldo de una partida para hacer las imputaciones de otra insuficiente- Se concede la libre introducción de tres máquinas.
3. Avisos.
4. Oficina de Centralización de Cuentas: Estado que demuestra los Ingresos y Egresos habidos en las Oficinas de Hacienda de la Republica, durante el mes de noviembre de 1913.